Mediante el Diseño Industrial se protegen las creaciones estéticas, es decir la apariencia de un producto derivada de sus características visibles (líneas, contornos, ornamentación, etc.).

La aplicación de diseños industriales se observa en una gran variedad de productos de diversas ramas de la industria y del comercio, desde instrumentos complejos y de uso especial o exclusivo (como máquinas, vehículos, herramientas, motores, ordenadores, estructuras arquitectónicas, etc.), hasta artículos simples o de uso cotidiano (como ropa, calzados, joyería, electrodomésticos, juguetes y muebles).

Cabe indicar que no pueden ser protegidos como diseños aquellas características del producto que derivan exclusivamente de su función técnica, entre otros casos señaladas en cada legislación nacional.

Para que un diseño industrial sea protegido se requiere:

Que sea nuevo, esto es que no haya divulgado previamente.

Que tenga carácter singular, vale decir que la impresión general que produzca difiera de la impresión general producida en el usuario por cualquier otro diseño previamente divulgado.

En España, el diseño industrial se encuentra regulado por la Ley 20/2003 de Protección Jurídica del Diseño Industrial. La protección de diseños industriales que sean nuevos y tengan carácter singular se obtiene a través de su registro ante la OEPM.

Para determinar si un diseño es nuevo y tiene carácter singular no se tendrá en cuenta la divulgación efectuada por el propio autor dentro de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud de registro, así como tampoco la que sea consecuencia de un abuso de sus derechos. El derecho a solicitar el registro corresponde al autor o creador, existiendo normas especiales para el caso de diseños creados por un trabajador en el marco de una relación laboral.

Si la OEPM valora que el diseño solicitado cumple con el requisito de visibilidad, que no es contrario al orden público y que no atenta contra las buenas costumbres, dispondrá el otorgamiento del registro y su publicación en el Boletín

Oficial de la Propiedad Industrial. En una misma solicitud pueden incluirse hasta 50 diseños que se tramitarán en un único procedimiento.

Después de su concesión, los terceros disponen de un breve plazo para presentar oposición y pedir a la OEPM la cancelación del registro, pudiendo para ello esgrimir alguna de las causales previstas en la ley, p.ej. falta de novedad e incompatibilidad con derechos anteriores.

La protección otorgada por el registro se extiende a todo el territorio español, tiene una duración de 5 años y podrá renovarse por períodos sucesivos de igual duración hasta un máximo de 25 años.

En caso que no se presenten oposiciones o éstas sean declaradas infundadas, la concesión del registro del diseño industrial sólo puede ser dejada sin efecto en sede judicial.

En España, el diseño industrial se encuentra regulado por la Ley 20/2003 de Protección Jurídica del Diseño Industrial. La protección de diseños industriales que sean nuevos y tengan carácter singular se obtiene a través de su registro ante la OEPM.

Para determinar si un diseño es nuevo y tiene carácter singular no se tendrá en cuenta la divulgación efectuada por el propio autor dentro de los 12 meses anteriores a la presentación de la solicitud de registro, así como tampoco la que sea consecuencia de un abuso de sus derechos. El derecho a solicitar el registro corresponde al autor o creador, existiendo normas especiales para el caso de diseños creados por un trabajador en el marco de una relación laboral.

Si la OEPM valora que el diseño solicitado cumple con el requisito de visibilidad, que no es contrario al orden público y que no atenta contra las buenas costumbres, dispondrá el otorgamiento del registro y su publicación en el Boletín Oficial de la Propiedad Industrial. En una misma solicitud pueden incluirse hasta 50 diseños que se tramitarán en un único procedimiento.

Después de su concesión, los terceros disponen de un breve plazo para presentar oposición y pedir a la OEPM la cancelación del registro, pudiendo para ello esgrimir alguna de las causales previstas en la ley, p.ej. falta de novedad e incompatibilidad con derechos anteriores.

La protección otorgada por el registro se extiende a todo el territorio español, tiene una duración de 5 años y podrá renovarse por períodos sucesivos de igual duración hasta un máximo de 25 años.

En caso que no se presenten oposiciones o éstas sean declaradas infundadas, la concesión del registro del diseño industrial sólo puede ser dejada sin efecto en sede judicial.

Su protección se encuentra regulada por el Reglamento 6/2002 del Consejo Europeo.

El registro del modelo comunitario ante la EUIPO, surte efectos en el conjunto del territorio de la UE. Tiene carácter unitario, es decir, sólo podrá ser registrado, cedido, ser objeto de renuncia, de caducidad o de nulidad, y prohibirse su uso, para el conjunto de la Comunidad.

Para ser objeto de protección, el diseño debe ser visible, nuevo y tener carácter singular.

La protección del registro confiere a su titular el derecho exclusivo a la utilización y la potestad de impedir la utilización no autorizada por parte de terceros;

tiene una duración de 5 años susceptible de ser renovada por períodos de igual duración hasta un máximo de 25 años.

Durante el procedimiento de registro no se admite la oposición de terceros, pero una vez concedido el registro, éstos pueden solicitar ante la OAMI la nulidad del diseño, ya sea porque éste no cumple los requisitos establecidos o porque afecta sus derechos anteriores.

El Reglamento contempla también la protección del diseño no registrado, durante un plazo de 3 años contados a partir de su primera divulgación. El ámbito de protección es más reducido ya que sólo puede oponerse a la utilización no autorizada cuando ésta es el resultado de la copia del diseño protegido.

Su protección se encuentra regulada por el Reglamento 6/2002 del Consejo Europeo.

El registro del modelo comunitario ante la EUIPO, surte efectos en el conjunto del territorio de la UE. Tiene carácter unitario, es decir, sólo podrá ser registrado, cedido, ser objeto de renuncia, de caducidad o de nulidad, y prohibirse su uso, para el conjunto de la Comunidad.

Para ser objeto de protección, el diseño debe ser visible, nuevo y tener carácter singular.

La protección del registro confiere a su titular el derecho exclusivo a la utilización y la potestad de impedir la utilización no autorizada por parte de terceros; tiene una duración de 5 años susceptible de ser renovada por períodos de igual duración hasta un máximo de 25 años.

Durante el procedimiento de registro no se admite la oposición de terceros, pero una vez concedido el registro, éstos pueden solicitar ante la OAMI la nulidad del diseño, ya sea porque éste no cumple los requisitos establecidos o porque afecta sus derechos anteriores.

El Reglamento contempla también la protección del diseño no registrado, durante un plazo de 3 años contados a partir de su primera divulgación. El ámbito de protección es más reducido ya que sólo puede oponerse a la utilización no autorizada cuando ésta es el resultado de la copia del diseño protegido.

Esta modalidad de registro, está destinado a quien desee proteger su diseño en varios países de manera simultánea a través de una sola solicitud. No será necesario tener el registro del diseño en el país de origen.

Mediante el convenio de la Haya, se puede solicitar un diseño en hasta 70 países. La normativa de solicitud o renovación dependerá de las legislación de particular de cada uno de los países seleccionados, pero en líneas generales será similar a la de España o comunitaria.

Esta modalidad de registro, está destinado a quien desee proteger su diseño en varios países de manera simultánea a través de una sola solicitud. No será necesario tener el registro del diseño en el país de origen.

Mediante el convenio de la Haya, se puede solicitar un diseño en hasta 70 países. La normativa de solicitud o renovación dependerá de las legislación de particular de cada uno de los países seleccionados, pero en líneas generales será similar a la de España o comunitaria.

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